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Fase Exposición pública Ayudas para fomentar el ecosistema de emprendimiento de la Comunitat Valenciana

Ayudas para fomentar el ecosistema de emprendimiento de la Comunidad Valenciana

El plazo de presentación para exposción pública es hasta el 26 de enero, incluido

Publicado por AdmonVlc
miércoles, 17 de enero de 2024 a las 10:00

Entre los objetivos prioritarios de las instituciones de la Unión Europea figura el apoyo a las microempresas y pequeñas y medianas empresas. Éstas constituyen el 99 % de todas las empresas de la Unión y emplean a aproximadamente 100 millones de personas, lo que supone una fuente esencial de espíritu empresarial de innovación, características vitales para la competitividad de las empresas de la Unión. La política de la Unión Europea en favor de las pymes tiene como fin garantizar que las políticas y acciones de la Unión defiendan a las pequeñas empresas y contribuyan a aumentar el atractivo de Europa como lugar para la creación y el desarrollo de empresas.

Por este motivo, la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, como departamento del Consell, implementa una nueva fórmula de subvenciones en materia de emprendimiento, al objeto de lograr que las ayudas lleguen a todos los protagonistas del ecosistema emprendedor. Con estas ayudas se apoya a las personas emprendedoras, a las pymes y a las entidades que desarrollan sus actividades en el mundo del emprendimiento de la Comunitat Valenciana.

Se abre de esta forma, por parte de Consellería, el trámite de información pública de las nuevas bases reguladoras para la concesión de estas ayudas. 

Las ayudas están estructuradas en 2 modalidades:

1. Destinadas a personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial. Irán destinadas a sufragar los gastos corrientes derivados del inicio y de la consolidación de su proyecto empresarial. Las ayudas no podrán destinarse a inversiones ni a adquisiciones patrimoniales. Costes relacionados por el proyecto:

a) Gastos laborales de personal propio, con los límites que se establezcan en las respectivas convocatorias.

b) Gastos de contratación de colaboraciones externas como consultorías, servicios profesionales, asistencias técnicas, servicios de información, difusión y promoción, y cualquier otro gasto imprescindible para la realización de la actividad subvencionada.

c) Gastos de asesoría jurídica, gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado, que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

d) Gastos para la elaboración del informe de revisión de la cuenta justificativa de la subvención por empresa auditora externa.

e) Costes indirectos, en la medida que correspondan al periodo en que se realiza la actividad y con los límites que se establezcan en las respectivas convocatorias.

f) Otros gastos imprescindibles para el inicio, desarrollo y consolidación del proyecto empresarial.

2. Destinadas a subvencionar actividades no económicas desarrolladas por entidades del ecosistema de emprendimiento de la Comunitat Valenciana, que fomenten, impulsen y promocionen la cultura emprendedora:

a) Proyectos de formación y mentorización a jóvenes universitarios y, en general, a personas emprendedoras portadoras de una idea de negocio.

b) Actividades de acompañamiento, incubación y aceleración de proyectos empresariales. Incluye el seguimiento del plan de negocio, su impulso y realización de acciones dirigidas a agilizar los proyectos de las personas emprendedoras.

c) Actividades de información, sensibilización y difusión que fomenten, promocionen y den visibilidad al emprendimiento valenciano, generando oportunidades de negocio a las personas emprendedoras.

Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Las alegaciones, sugerencias u observaciones referidas al proyecto efectuadas por las personas o entidades que se consideren interesadas se realizarán dentro del plazo citado (hasta el 26 de enero de 2024), y de manera preferente a través del portal de participación ciudadana. También podrán presentarse a través de la dirección de correo electrónico [email protected] con el asunto «Alegaciones al proyecto de orden ayudas para el emprendimiento CV».

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